29 de abril: Un día histórico

Por: Jazmín González (Fes Aragón)

Un histórico 29 de abril de 2021, la Cámara de Diputados Federal aprobó la Ley Olimpia, con 446 votos a favor y 1 en contra.

Conocemos como “Ley Olimpia” a un paquete de reformas que se realizaron en los códigos penales de las diferentes constituciones de cada estado de la república, a fin de poner un alto a la violencia sexual hacia las mujeres que se da en el mundo cibernético, es decir vía redes sociales y cualquier plataforma de internet y telecomunicaciones.

La violencia digital que se sanciona con la Ley Olimpia, está definida como todo aquel acto de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos y vulneración de la información íntima y privada de índole sexual. Ésta se puede llevar a cabo mediante la difusión vía internet de fotos, videos, textos o datos personales sin consentimiento. 

Este tipo de violencia tiene consecuencias que dañan moral, psicológica, social y hasta económicamente a la víctima. La hace sentir avergonzada y en numerosas ocasiones es juzgada por una sociedad que juzga el comportamiento de las mujeres y no de sus agresorxs.

Olimpia: un referente de lucha y resiliencia

El nombre de la ley surgió debido a la lucha que inició Olimpia Melo, activista mexicana creadora de desenforasdigitales.org. Ella misma fue una víctima de este tipo de violencia: un sujeto abusó de años de confianza para difundir material íntimo que dañaron a Olimpia y la expusieron a nuevas agresiones potenciales. 

Sin embargo, ella se sobrepuso al dolor y la violencia. Gracias a su lucha hoy en día podemos gozar de protección a nuestra intimidad sexual en medios digitales. Olimpia Coral Melo, es sin duda, una gran inspiración para las miles y miles de niñas y mujeres que han sido violentadas en algún momento. Tenemos que tener claro que la vergüenza deben sentirla los agresores, no nosotras.

¿Qué sanciona esta ley?

La ley Olimpia cuenta con tres principales objetivos: proteger el derecho a la intimidad personal, así como el libre ejercicio de los derechos sexuales, sancionar el ciberacoso y la violencia sexual digital, y, por último, concientizar a las instituciones públicas y privadas sobre los derechos sexuales y la violencia digital.

Las sanciones a las que se enfrentarán quienes cometan ciberacoso y violencia sexual digital son: de tres a seis años de prisión y multas que van desde 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (aproximadamente 252,252.78 pesos mexicanos). Además, existirán agravantes cuando el delito sea realizado por el cónyuge de la víctima, por alguien con un cargo público, o cuando el delito sea realizado con fines de lucro.

Olimpia tuvo la fortuna de encontrar fortaleza, primeramente en su madre, y posteriormente en compañeras activistas que le tendieron los brazos. Junto con otras mujeres formó el Frente Nacional por la Sororidad y desde entonces ha colaborado con más organizaciones. Como lo ha mencionado en diversas entrevistas: la lucha es colectiva.

Te invitamos a darle play a nuestra sesión de «Miércoles para la Igualdad sobre la Ley Olimpia»