¿Por qué leer este documento?
Porque te permitirá:

* Conocer la obligación de las entidades académicas, las dependencias administrativas y de cualquier otra instancia Universitaria, de implementar acciones con su comunidad para prevenir la violencia de género por medio de:

– Campañas de difusión, sensibilización, y capacitación sobre relaciones libres de violencia en la comu-
nidad universitaria.

– El fomento de la cultura de la denuncia.
– La difusión de los procedimientos institucionales para la atención y seguimientos de casos de violencia de género.

– La adopción de medidas de seguridad en el entorno físico.

* Ubicar las funciones y atribuciones de la Oficina de la Abogacía General y de la Defensoría de los Derechos
Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género.

* Conocer los estándares de atención y sanción en los casos de violencia de género, los cuales deben apegarse a los estándares de las normativas jurídicas internacionales y nacionales.

Enrique Luis Graue Wiechers, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en los artículos 1° y 9° de la Ley Orgánica, y 34, fracciones IX y X, del Estatuto General, y

Considerando

Que la UNAM, en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí misma y organizarse como lo estime conveniente para lograr una mejor y más eficiente gestión en el cumplimiento de sus fines sustantivos y con ello promover y realizar acciones en favor de la comunidad universitaria.
Que la igualdad de género es un tema prioritario en la agenda mundial del siglo XXI y un factor determinante para el desarrollo humano, razones por las cuales la Universidad cuenta con instancias dedicadas a realizar estudios de género, con planes y programas de estudio con perspectiva de género y ha puesto en marcha acciones afirmativas para la igualdad de género.
Que la UNAM ha incluido el principio de igualdad entre hombres y mujeres en las normas y disposiciones que integran la Legislación Universitaria.
Que para hacer frente a la problemática en materia de género, la UNAM cuenta, entre su andamiaje normativo, con los Lineamientos Generales para la Igualdad de Género, el Acuerdo que establece Políticas Institucionales para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de Casos de Violencia de Género en la Universidad, el Documento Básico para el Fortalecimiento de la Política Institucional de Género, así como con el Protocolo para la Atención de Casos de Violencia de Género.
Que en el marco del Plan de Desarrollo Institucional 2015-2019, esta Casa de Estudios se adhirió al movimiento solidario para la igualdad de género de ONU MUJERES.
Que el 17 de febrero de 2020 entraron en vigor las modificaciones a los artículos 95 y 99 del Estatuto General, aprobadas por el Consejo Universitario, calificando a la violencia de género como causa “especialmente grave de responsabilidad” aplicable a toda la comunidad universitaria y que, con estas reformas, la Universidad refrenda su compromiso con la lucha histórica de las mujeres por lograr la igualdad de género y para erradicar de sus instalaciones la violencia de género.

Que los esfuerzos internacionales para erradicar la violencia contra la mujer se apoyan en un sólido marco jurídico, destacando la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), ambos tratados suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.

Que a pesar de la lucha de las mujeres y el avance sustancial en el ejercicio de sus derechos, siguen presentándose casos de inequidad, desigualdad y violencia de género.

Que las universidades e instituciones educativas no pueden ni deben tolerar la violencia de género en ninguna de sus manifestaciones. Es por ello que la función educativa, cultural, científica y humanística de la Universidad puede lograr mejores resultados si se impulsa la igualdad como principio esencial para el desarrollo humano.

Que la Universidad Nacional Autónoma de México ha sido protagonista de grandes transformaciones de nuestro país, ha asumido el compromiso de incluir la equidad de género en sus tareas cotidianas de docencia, investigación y difusión de la cultura, y ha tomado conciencia de la necesidad de modificar actitudes a favor de la igualdad de género para erradicar cualquier tipo de violencia.

Que es urgente que todos los sectores de la comunidad universitaria unan esfuerzos para lograr la igualdad de género en esta Casa de Estudios.

Que la UNAM considera necesario y apremiante llevar acabo acciones que permitan articular y coordinar a todas las instancias que se ocupan de las políticas de género ya vanzar con resolución hacia la consolidación de la igualdad sustantiva en la Institución. En razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se crea la Coordinación para la Igualdad de Género (Coordinación) como una instancia dedicada a diseñar, instrumentar y operar políticas institucionales que permitan consolidar la igualdad de género en las entidades, dependencias e instancias universitarias.

Segundo. La Coordinación es un órgano de carácter ejecutivo,con capacidad para el diseño, instrumentación y operación de políticas institucionales en materia de igualdad de género que dependerá de la Rectoría y se articulará en forma transversal hacia las secretarías, coordinaciones, entidades, dependencias e instancias universitarias. La persona que funja como su titular será nombrada y removida por el Rector.

Tercero. Son objetivos de la Coordinación, los siguientes:

I. Elaborar e implementar las políticas institucionales en
materia de prevención de la violencia y promoción de la igualdad de género;
II. Propiciar en la comunidad universitaria una cultura del respeto entre sus integrantes, en materia de igualdad sustantiva de género y de inclusión de las diversidades;
III. Transversalizar la perspectiva de género en la docencia, investigación y difusión de la cultura, y
IV. Establecer nuevos modelos en materia de acciones
y estrategias para lograr la igualdad de género que
constituyan un referente nacional.

Cuarto. Son funciones de la Coordinación, de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes:

I. Diseñar, instrumentar y operar, previo acuerdo con la persona titular de la Rectoría, las políticas que en materia de género requiera la Universidad para el desarrollo armónico e igualitario de sus funciones sustantivas, así como la convivencia solidaria y plural de su comunidad;

II. Operar la política institucional de género de la UNAMa fin de transversalizar la misma en toda la comunidad universitaria;

III. Generar información en materia de desigualdad entre hombres y mujeres, así como de cualquier forma de discriminación o violencia de género dentro de la UNAM;

IV. Establecer mecanismos de cooperación con  entidades, dependencias e instancias universitarias para la instrumentación de acciones estratégicas orientadas a erradicar la violencia y lograr la equidad de género en la UNAM;

V. Desarrollar vínculos permanentes con los consejos técnicos, comités académicos y demás cuerpos colegiados de las entidades universitarias para consolidar un trabajo conjunto en materia de género, cuyos resultados favorezcan la igualdad sustantiva;VI. Fungir como enlace con las instancias correspondientes para la oportuna y adecuada atención de casos de denuncias de violencia de género;

VII. Informar, difundir y divulgar a la comunidad universitaria las herramientas normativas con las que cuenta la Institución para atender casos de violencia de género en cualquiera de sus formas y manifestaciones;

VIII. Diseñar e instrumentar, de manera continua, acciones estratégicas orientadas a la prevención de la violencia de género y evaluar el correcto desempeño de estas acciones;

IX. Poner en marcha programas y campañas permanentes,en los medios o canales apropiados, en materia de igualdad, perspectiva de género, erradicación y prevención de la violencia de género en la comunidad universitaria;

X. Realizar campañas en los medios o canales apropiados en materia de igualdad de género, erradicación y prevención de la violencia de género;XI. Conocer y opinar sobre las acciones emprendidas por las comisiones internas de equidad de género, así como establecer contacto y retroalimentación con las mismas;

XII. Emprender acciones y revisar contenidos para la implementación de cursos destinados a la comunidad universitaria en materia de equidad de género,prevención y erradicación de la violencia de género;

XIII. Transversalizar la perspectiva de género en los programas y planes de estudio;

XIV. Formular un plan anual de trabajo e informar a la persona titular de la Rectoría y a la Comisión Especial de Equidad de Género del H. Consejo Universitario sobre sus actividades y resultados, y

XV. Las demás que le encomiende la persona titular dela Rectoría y aquellas inherentes a la naturaleza de la Coordinación.

Quinto. Son acciones estratégicas que realizará la Coordinación, conjuntamente con entidades, dependencias e instancias universitarias, las siguientes:

1. En el ámbito normativo:
I. Recibir, analizar, comentar y, en su caso, canalizar a la instancia competente las iniciativas de modificación a la Legislación Universitaria en materia de igualdad de género que surjan de la comunidad universitaria;
II. Colaborar en la elaboración o modificación de la normativa universitaria relacionada con la igualdad de género;
III. Orientar a la comunidad universitaria sobre las instancias y procedimientos normativos relativos a la igualdad de género en la UNAM;
IV. Impulsar la creación de comisiones internas de equidad en todas las entidades académicas y dependencias universitarias;
V. Conocer y opinar sobre los informes anuales de actividades que le entreguen las comisiones internas de equidad de las entidades y dependencias académicas;
VI. Coadyuvar a garantizar el cabal cumplimiento del Código de Ética de la UNAM, del Protocolo para la Atención de Casos de Violencia de Género en la UNAM, y de los Lineamientos Generales para la Igualdad de Género en la UNAM, y
VII. Generar propuestas para incluir la prevención de la violencia de género en la normativa universitaria y promover la perspectiva de género.

2. En el ámbito académico:
I. Diseñar y aplicar instrumentos de medición de equidad de género que permitan describir y analizar la situación de la Universidad en la materia;
II. Fomentar la inclusión de información sobre igualdad de género en los cursos de inducción y actividades de bienvenida a alumnos de nuevo ingreso, así como en los programas de tutorías;
III. Promover ante las instancias competentes la revisión de los planes y programas de estudio para que se incluya la perspectiva de género;
IV. Colaborar en la creación y en la divulgación de materiales didácticos con perspectiva de género;
V. Promover la difusión y realización de actividades de educación continua relacionadas con la igualdad de género, para la comunidad universitaria y el público en general, como un aspecto medular para el avance hacia la igualdad de género en la UNAM;
VI. Diseñar cursos permanentes de igualdad de género para la actualización docente y la formación de investigadores, así como para la renovación de programas de superación académica;
VII. Incorporar la perspectiva de género en las convocatorias de los programas de superación, actualización y proyectos especiales con los que cuenta la UNAM;
VIII. Fomentar la vinculación de las actividades académicas relacionadas con la igualdad de género que se realizan en las entidades académicas;
IX. Desarrollar un sistema de información con datos desagregados por sexo sobre la participación de mujeres y hombres en la ciencia y la tecnología, las humanidades y las artes, que incluya proyectos de investigación, investigadoras e investigadores y centros de investigación para constituir un punto de referencia sólido que oriente las políticas académicas con perspectiva de género;
X. Promover los estudios de género a nivel licenciatura y posgrado con la creación de especialidades y diplomados en materia de género, y
XI. Otorgar reconocimiento a trabajos finales de bachillerato, tesis de licenciatura y de posgrado que se relacionen con la igualdad de género.

3. En el ámbito de la extensión:
I. Fomentar la creación de una red por la Igualdad de Género en la UNAM, con representantes de las entidades académicas y dependencias universitarias, que funja como un espacio de encuentro, así como de atención a asuntos locales específicos y sirva para la articulación de propuestas institucionales conducentes a lograr la igualdad de género en la UNAM;
II. Realizar y divulgar encuestas entre integrantes de la comunidad universitaria sobre igualdad de género en la UNAM;
III. Organizar actividades académicas que promuevan la reflexión, el análisis, la crítica, el diálogo y las propuestas innovadoras para avanzar hacia la igualdad de género;
IV. Poner en marcha programas permanentes de sensibilización en materia de género y derechos humanos; accesibles en línea, dirigidos a funcionarios,
personal administrativo, personal académico y alumnado de la UNAM, y
V. Participar en foros nacionales e internacionales sobre violencia de género y estrategias de justicia transicional en torno a casos de violencia de género.

4. En el ámbito de la vinculación:
I. Impulsar la suscripción de acuerdos, convenios y vínculos con instituciones, gobiernos u organizaciones nacionales e internacionales enfocadas a la igualdad de género, para intercambiar perspectivas y generar retroalimentación en cuanto a las políticas contra la violencia de género;
II. Establecer canales de diálogo entre especialistas en estudios de género, organizaciones sociales e instancias gubernamentales para promover la participación de las mujeres en el desarrollo científico, humanístico, artístico
y tecnológico del país, y
III. Generar vínculos o redes con instancias equivalentes de universidades del país y del mundo, para el enriquecimiento mutuo, el conocimiento de experiencias diversas, el intercambio de información y el establecimiento de buenas prácticas en materia de igualdad de género.

5. En el ámbito de la difusión y divulgación:
I. Diseñar e instrumentar programas permanentes de difusión cultural en materia de género, derechos humanos, inclusión y diversidades, entre otros temas;
II. Realizar campañas permanentes en las redes sociales institucionales, sobre la prevención de la violencia de género, la perspectiva de género, las masculinidades positivas, entre otros temas;
III. Crear programas y campañas en radio y televisión universitarias, cuyo contenido genere el diálogo, el análisis y la reflexión en torno al machismo, al patriarcado, las masculinidades, la desigualdad y la violencia de género, y que contribuyan a la erradicación de estereotipos y de prácticas que normalizan la inequidad entre hombres y mujeres;
IV. Fomentar la realización de investigaciones, películas, documentales, obras de teatro y en general la expresión artística en materia de desigualdad y violencia de género;
V. Fomentar la publicación en la Gaceta UNAM y las redes sociales de la UNAM de propuestas que contribuyan a erradicar la violencia de género en la UNAM, y
VI. Recibir propuestas que emerjan del diálogo entre integrantes de la comunidad universitaria susceptibles de traducirse en acciones estratégicas que fomenten la igualdad de género en la UNAM.
Sexto. La Coordinación ejercerá los recursos económicos que se les asignen para cumplir con sus funciones, de acuerdo con la normativa aplicable.
Séptimo. Los asuntos que requieran interpretación normativa serán resueltos por la persona titular de la Oficina de la Abogacía General.

Transitorios

Único. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en Gaceta UNAM.

POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU

Ciudad Universitaria, Cd. Mx., 2 de marzo de 2020

EL RECTOR

DR. ENRIQUE GRAUE WIECHERS

Publicado en la Gaceta UNAM, el 2 de marzo de 2020